Expediente No. 1579-2015

Sentencia de Casación del 27/07/2016

“…En el presente caso, para el otorgamiento o no del beneficio de la suspensión condicional de la pena, resulta necesario se practique un examen con el objetivo de que se determine si se cumplieron para su otorgamiento los requisitos exigidos específicamente por el artículo 72 del Código Penal, conforme al procedimiento correspondiente. En ese sentido, el procesado puede presentar su solicitud, requiriendo la aplicación de la suspensión condicional de la pena ante el juez de ejecución correspondiente, con el propósito que se analice su pretensión y se le proporcione una respuesta fundamentada de acuerdo con lo requerido, si cumple con los requisitos legales…”